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ANDALUCÍA: SOLICITUD DE DESTINOS PROVISIONALES (para adjudicatarios de plaza por CONCURSO)

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En el BOJA de hoy, 14 de junio, se ha publicado la Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2023/2024.

En esta Resolución se dictas las bases en orden a la adjudicación de destinos provisionales, para el curso académico 2023/2024, para el personal funcionario docente del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, perteneciente o asimilado a los cuerpos de Maestros; de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria; de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas; de Profesores de Música y Artes Escénicas; de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño; de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, así como del cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

EL PLAZO DE PARTICIPACIÓN PARA TODOS LOS CUERPOS ES DEL 15 AL 28 DE JUNIO AMBOS INCLUSIVE

El personal que haya  superado el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización convocado por Orden de 14 de noviembre de 2022 tendrá un plazo específico de diez días hábiles para la presentación de su solicitud de participación en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.  El referido plazo de presentación de solicitudes se habilitará en el portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, una vez publicada la adjudicación definitiva de las plazas convocadas en el procedimiento del modo establecido en la base novena de la referida Orden de 14 de noviembre de 2022.
Este personal deberá participar, en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, como personal funcionario de carrera sin destino definitivo, colectivo a que se refiere el párrafo g) de la base primera de esta resolución, de conformidad con lo regulado en la base séptima (Personal funcionario de carrera que reingrese o no tenga destino definitivo) de la misma.

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