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ACLARACIÓN ESCRITO DP A INTERINOS

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En relación al documento remitido por la Dirección Provincial del Ministerio de Eduación al personal funcionario interino, aclaramos:

El contenido del texto se refiere a lo ya recogido en la Ley 20/21, que establece que para tener derecho a la compensación económica que dicha norma recoge (veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades) para aquellos casos en los que la relación laboral se vea interrumpida tras el proceso de estabilización por concurso-oposición. Por tanto:

  • Sólo se refiere a la indemnización que el profesorado interino, sin derecho a prórroga de verano, viene percibiendo en su liquidación.
  • Sigue siendo obligatorio participar en los procedimientos selectivos (oposiciones).
  • Aquellos que no obtengan plaza en dichas oposiciones, seguirán integrados en las listas de interinos, pudiendo optar a los nombramientos que pudiera correponderles, COMO HASTA AHORA.

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